domingo, 28 de mayo de 2017

¿Quién es nuestro peor enemigo?

Cuando hablamos de enemigos...¿De qué estamos hablando?



En este artículo nos vamos a referir del enemigo de las personas.

¿Quién es?

¿Cómo actúa?

¿Qué significa la palabra enemigo?

El diccionario de la Real Academia Española expresa:



enemigo, ga.

Del lat. inimīcus.
Sups. irregs. enemicísimo, p. us., inimicísimo, desus.; reg., enemiguísimo.
1. adj. contrario (‖ que se muestra completamente diferente).
2. adj. Dicho de una persona o de un paísContrarios en una guerraU. t. c. s. m.
3. m. y f. Persona que tiene mala voluntad a otra y le desea o hace mal.
4. m. Conjunto de personas o de países contrarios a otros en una guerra.
5. m. En el derecho antiguohombre que había dado muerte al padrea la madre o a alguno de los parientes de otro dentro del cuarto gradole habíaacusado de un delito graveetc.

6. m. diablo (‖ príncipe de los ángeles rebelados).

Me interesa el inciso 2 y el 4 los cuales expresan ¨Dicho de una persona o de un país: contrarios...¨el punto 4  expresa ¨¨...conjunto de personas contrarios a otros...

¿Pero quién es nuestro mayor enemigo?


¿Cómo actúa?

Bueno nuestro mayor enemigo es: NUESTRO CEREBRO.

Así es, es él quien desea actos de comodidad como ver televisión, comer alimentos inadecuados, es él quien desea que continúes con tu estado de INACTIVIDAD.

DE NO CAMBIO.

Por supuesto que no lo hace de manera de crearte un daño, nada más es una cuestión evolutiva de sobrevivencia de millones de años.

No te ha pasado a caso que acudes al gimnasio y luego lo dejas, si no llegas a hacerlo de manera continua por más de 21 días, que es lo que tardamos en crear un hábito, lo dejarás, te lo aseguro.

¿Pero para efectos legales que tiene que ver nuestro cerebro?

Muchisimo!

Es el que te dice y te deja influenciar por lo que las demás personas te dicen y hacen....

Es muy importante que tengas en cuenta que las personas emiten su opinión en base a como a ellos o a personas allegadas a ellos les fue en la fiesta, o si estas opiniones son emitidas por personas cercanas a su círculo social como amigos las toman como ciertas.

Pero aquí lo importante es cuestionar SIEMPRE!

¿En base a que hecho emite su opinión?
¿Esta persona ha intentado esto antes?
¿El método que utilizó fue el adecuado?
Para efectos legales...¿En qué ley dice eso?
¿Por qué dicen que no es viable?

Para cada persona cada hecho es algo diferente en base a sus experiencias personales y en los ¨Mapas mentales¨que van creando conforme a éstos.

Un ejemplo:

Me imagino que habrás escuchado la famosa frase del vaso medio lleno o medio vacío dependiendo para quien lo vea.

Para una persona un día lluvioso puede ser algo maravilloso por que le recuerda su infancia cuando jugaba con su papá en la lluvia.

En cambio para otra puede ser algo triste por que cuando perdió un ser querido acudió a su funeral y llovía...

¿Me explico?

Para aspectos legales muchas personas cuentan con CREENCIAS FALSAS.

Casa caso es muy particular y siempre existe un camino legal mediante el cual se puede obtener el resultado deseado.

y si a tu tía no obtuvo el resultado que deseó, existen millones de factores que pudieron haber influido en su resultado, desde la estrategia jurídica planteada o hasta los recursos legales utilizados.

Esto no significa que a ti, te irá igual que a tu tía.

Si cuentas con una situación legal con la cual no estas de acuerdo, como por ejemplo, una ex pareja que no te proporciona una pensión alimenticia, un divorcio pospuesto por años, o abusos físicos o psicológicos por parte de personas, te invito a que HAGAS ALGO AL RESPECTO.

Como sabrás o te podrás dar cuenta, es muy fácil emitir opiniones, todo el mundo las emite, PERO MUY POCAS ACTÚAN.

Es por esto que si cuentan con alguna situación con la cual no  estas a gusto, ya sea profesional, familiar, de pareja, con la cual no estés de acuerdo, ACTÚA AHORA PARA SU CAMBIO, y cada vez que tu CEREBRO  te ataque diciéndote que no hagas nada, que nada se puede hacer NO LE HAGAS CASO Y ACTÚA!

Y SOBRE TODO CUESTIONA: ¿POR QUÉ NO?

Recuerda, hace unos años nadie imaginaba la existencia de los teléfonos inteligentes y hoy existen!

De poder contactarte con personas que hace muchos años no sabia nada de ellos: FACEBOOK.

De planear el viaje de tu vida desde una computadora.

En fin con esto quiero decirte el HECHO DE QUE CREAS ALGO, NO SIGNIFICA QUE SEA CIERTO.

Como dicen por ahí PIENSA FUERA DE LA CAJA.

Bendiciones.

James & Asoc. Abogados
31462028
Cel y WhatsApp +52 1 33 1975 8191.
Manuel M. Dieguez 540-A, Colonia Rojas Ladrón de Guevara. Guadalajara, Jalisco.

Entre Av. Manuel Acuña y Juan Alvarez.


Ejemplos



Ejemplo de un caso laboral ganado y cobrado en el cual se embargó la cuenta bancaria de la fuente de trabajo demandada. 

Es muy importante mencionar que esta persona fue despedida y no le ofrecieron nada de dinero y tuvimos la suerte de representarla y conseguir una muy buena liquidación a favor de la trabajadora.


Ejemplo de caso laboral promovido el día 11 de agosto del 2017 en la junta federal de concilición y arbitraje:



Ejemplo de demanda laboral presentada el 28 de septiembre del 2017 

Ejemplo de un divorcio contencioso con pensión alimenticia presentada el día 31 de agosto del 2017.




¿Qué esperas para promover tu divorcio? 



Ejemplo de un DIVORCIO, sin pensión alimenticia. 
Presentado el día 20 de septiembre del 2017



Ejemplo de un oficio para que se descuente vía nómina la pensión alimenticia.

¿Cuál es la causa que todavía no promueves tu pensión alimenticia?

Agenda tu cita SIN COSTO al 3146-2028 Cel y WhatsApp +52 1 33 1975 8191

  • Ejemplo de una pensión alimenticia establecida del 25 %. 


  • Ejemplo de una pensión alimenticia establecida del 40 %. 



  • Ejemplo de un caso promovido de reconocimiento de paternidad y pensión alimenticia.


  • Ejemplo de un caso laboral solucionado, a esta persona la despidieron de su trabajo sin darle un centavo le conseguimos en menos de 2 meses una muy buena cantidad de dinero. ¿Qué esperas para promover tu caso laboral? 



domingo, 21 de mayo de 2017

Me despidieron. Cuánto me corresponde por ley?

Antes que iniciemos quiero comentarte que en caso de que hayas firmado, renuncia, papel en blanco, pagaré o cualquier otro documento, SI SE PUEDE RECUPERAR TU DINERO.

La finalidad de estos artículos es dotarte de conocimiento jurídico y así evitar cualquier tipo de abusos.

Haz valer tus derechos!

Ayúdanos a difundir el conocimiento y así evitar casos de abusos laborales. Comparte esta publicación por favor, muchas gracias!

Nada más ten en cuenta que por ley cuentas con 2 MESES para llevar a cabo alguna acción legal en materia laboral.

Agenda tu cita sin costo al 3146-2028 Cel y WhatsApp +52 1 33 19758191, en esta cita aclararemos tus dudas de manera personal y ,si es tu deseo, promoveremos tu caso laboral para que te liquiden conforme a ley.

DESCUBRE AQUÍ: ¿Qué hacer si te están por despedir de tu trabajo?

Cuál es la manera de calcular tu liquidación?

1. Obtén la cantidad que ganas al mes

Ejemplo Alicia gana $ 5,000.00 (cinco mil pesos al mes). 

Entonces lo primero que le corresponde por concepto de INDEMNIZACION es tres meses de tu salario. 

En este caso Alicia ganaba 5,000 pesos al mes, entonces 5,000 x 3 = 15,000.00 pesos

2. Tu salario mensual lo divides entre 30. 

5000/30 = 166.66 (éste número es lo que gana por día)

se le llama Salario Diario Integrado. 

Es lo que gana Alicia al día. 

3. Ahora vamos a calcular el pago de sus vacaciones. 

Para calcular sus vacaciones, necesita saber cuánto tiempo tiene trabajando para su patrón, es decir que día ingresó  a trabajar aproximadamente. 

Vamos a suponer que Alicia tiene 6 meses trabajando. 

La Ley establece: 

6 días de vacaciones por 12 meses trabajados o su parte proporcional. 

Además, también menciona si tiene más de un año trabajado (más de 12 meses) por cada año se sumarán 2 días hasta llegar a 12 y luego por cada 5 años se sumaran 2 días más 

En español: 

6 días por 12 meses, 1 año trabajado 

8 días por 24 meses, 2 años trabajado 

10 días por 36 meses, 3 años trabajado 

12 días por 48 meses, 4 años trabajado 

14 días por 108 meses, 9 años trabajado 

En el caso de Alicia como tenía 6 meses trabajando, es decir menos de un año trabajando le corresponde una parte proporcional, la cual se calcula de la siguiente manera. 

Si por un año a Alicia le correspondería 6 días de su salario, entonces por 6 meses ¿Qué le corresponde? 

días -------------- 12 meses trabajado 
 X        -------------- 6 meses trabajado 

Entonces multiplicas 6 meses x 6 días, y lo divides por los 12 meses = (6x6)/12= 3, este  es lo que le corresponde a Alicia 

Recuerdas que habíamos calculado cuanto gana por día…(su salario diario integrado) que es la cantidad e $ 166.66 pesos…. 

Entonces esta cantidad la multiplicas por 3 = 166.66 (lo que gana por día Alicia, salario diario integrado) x 3 días = 500 pesos. 

Entonces por concepto de vacaciones le corresponde 500 pesos.

 4. Prima Vacacional: 

La prima vacacional es el 25 % de las vacaciones. 

El monto obtenido de las vacaciones lo multiplicas por 0.25 y te da tu prima vacacional: 

500 pesos x 0.25 = 125 pesos. Esto es su prima vacacional. 

5. Aguinaldo. 

La ley establece que el aguinaldo corresponde a 15 días de salario por lo menos o su parte proporcional: 

Entonces 

15 días de salario por 12 meses trabajados. 

Alicia trabajó 6 meses entonces vamos a calcular su parte proporcional 

15 días --------- 12 meses 
X           ---------- 6 meses 

= 6 x 15 dividido 12 = 6x15 = 90 entonces 90 dividido 12 = 7.5 días. 

Luego 7.5 días lo multiplico por el salario diario que era de 166.66 y nos da su aguinaldo = 

7.5 días x 166.66 salario diario = 1,257.45 que redondeado es 1260. 

Entonces por concepto de aguinaldo le corresponde 1,260 pesos. 

6. Prima de Antigüedad. 

Esto sólo le corresponde si tiene más de un año trabajando. 

Prima de antigüedad es igual a 12 por la cantidad de  160.08 (doble del salario mínimo vigente actualmente de 80.04 pesos) por cada año CUMPLIDO trabajado para tu patrón. 

EN EL CASO DE Alicia TENIA 6 MESES TRABAJANDO ESTE CONCEPTO NO APLICA. 

Si tuviera un año con 3 meses, solo le correspondería… 

12 x 160.08 x 1 año = 1,920,96 PESOS 

Solo por uno porque tiene más de uno año de trabajo y menos de dos años (tienen que ser años completos trabajados), los tres meses no entran…. 

UNA VEZ OBTENIDOS ESTOS CÁLCULOS SUMAS TODO: 

Entonces a Alicia le Corresponde: 

Indemnización 3 meses de su salario: $ 15,000 
Vacaciones : $ 500 
Prima Vacacional: $ 125 
Aguinaldo: $ 1,260.00
Prima de antigüedad: 0,00 cero pesos 

Ahora sumas todo y nos arroja la cantidad de: 16,885.00 pesos. Ésta es la cantidad que le corresponde por Ley. 


NO PERMITAS ABUSOS! HAZ VALER TUS DERECHOS!

A continuación algunos casos laborales que hemos presentado y ganado.

  • En este ejemplo se puede apreciar que embargamos la cuenta de la fuente de trabajo obteniendo una gran liquidación a favor de la trabajadora actora.


  • Este es otro ejemplo donde realizamos un convenio con la parte demandada en un caso de una persona que le habían hecho transcribir su renuncia con su puño y letra, para después despedirla sin darle un centavo, pudimos obtener un convenio en muy buenos términos para la trabajadora en menos de un mes.



  • Ejemplo de un caso laboral presentado recientemente ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco.




  • Ejemplo de un caso laboral presentado recientemente ante la Junta FEDERAL de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco.





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