domingo, 10 de diciembre de 2017

Deje de perder dinero por su pensión alimenticia

La siguiente es la historia de Natalia.




Natalia (cuyo nombre real no es Natalia, para efectos de privacidad) acudió con nosotros.

Ella se comunicó al 31 46 20 28 Cel y WhatsApp + 52 1 33 19 75 81 91.

Agendó su cita de asesoría GRATIS un día jueves a las 5:30 de la tarde.

En esta cita fue atendida por uno de nuestros abogados, el abogado Raúl.

Natalia le dijo que tenia dos hijos uno de 5 y otro de 7 años.

Que hacia cuatro años se había separado de su ex pareja.

Que desde el día de su separación su ex no la ha apoyado con los gastos de los niños y cada vez que le hablaba para solicitar ayuda obtenía un rotundo NO.

Además su ex pareja ha vuelto hacer su vida con otra persona, con lo cual el apoyo solicitado a su ex, siente que es mas improbable que suceda.

El abogado Raúl le explicó a Natalia, que existe una vía legal mediante la cual se le puede exigir una pensión a su ex pareja y que éste estará obligado a proporcionársela QUIERA O NO QUIERA. 

Además una de las grandes ventajas que existe en este tipo de  casos es que se puede solicitar las pensiones alimenticias ADEUDADAS por todo el tiempo que ha incumplido, lo que en la práctica se le denomina alimentos caídos.

Esto quiere decir que en un momento procesal oportuno, su ex pareja estará obligado a entregarle un cierta cantidad de dinero por todo el tiempo que ha incumplido con la pensión.

Natalia preguntó: ¿En cuánto tiempo establecen mi pensión alimenticia?

Raúl contestó: En menos de 3 MESES, Natalia.

Se elaboran tus documentos, en los mismos mencionamos que cantidad de dinero inviertes en tus hijos, conceptos como: vestimenta, alimentos, esparcimiento, doctores, luz, agua, gas, etcétera, todo aquel concepto que inviertes en tus hijos de manera directa e indirecta.

Asimismo es importante mencionar a que se dedica tu ex pareja, así com indicar un APROXIMADO de sus ingresos.

Mediante esta información el Juez establece una pensión alimenticia provisional que va desde un 20 % a un 40 % de los ingresos de tu ex pareja.

Natalia interrumpió: ¿Y luego que sucede?

Raúl: Luego acudimos con el secretario del Juez (funcionario público) en persona al domicilio de tu ex pareja, puede ser su domicilio particular o donde trabaja, y en ese momento le requerimos el porcentaje de pensión establecida.

Tu ex pareja en ese momento puede cubrir el porcentaje establecido o también puede no cubrirlo, lo que sucede la mayoría de las veces.

Al no cubrirlo (pagarlo) en ese momento el Juez nos autoriza embargar cualquier bien que exista a nombre de tu ex pareja, en la práctica se señala el salario que percibe y esto significa que la próxima vez que cobre su salario lo recibirá menos el porcentaje establecido (del 20 al 40 %)...

La entrevista continuó, Natalia recibió una propuesta de honorarios SIN COMPROMISO alguno y al cabo de unos días regresó y contrató los servicios de James & Asociados. Abogados.

En esta propuesta Natalia obtuvo varias opciones de financiamiento para su caso y la GARANTÍA de que si no se conseguía su pensión alimenticia segura, SE LE REGRESARÍA SU DINERO.

Hoy Natalia esta gozando de su pensión alimenticia segura.

IMPORTANTE: El caso es REAL y cuando usted guste con gusto le exhibimos el expediente.

DUDAS FRECUENTES:

¿Procede aunque no tenga trabajo formal?. 

Si procede, le conseguimos su pensión alimenticia segura o le regresamos su DINERO.

¿Procede aunque no este cotizando en el IMSS?

Si procede, le conseguimos su pensión alimenticia segura o le regresamos su DINERO.

¿Procede aunque no sepa donde se localiza?

Si procede, el Juez lo localiza por conducto de las autoridades correspondientes, le conseguimos su pensión alimenticia o le regresamos su DINERO.

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