TU PENSIÓN ALIMENTICIA SEGURA y EN MENOS DE 3 MESES.
Es una obligación por Ley que el padre o madre de tu hijo/a tiene, la cual se traduce en una cantidad de dinero mensual.
Esta es una invitación a todas aquellas mujeres y hombres que cuentan con hijos y han sido abandonados por sus parejas no proporcionando ayuda con el desarrollo y crianza de sus hijos.
En este artículo encontrarás toda la información que
necesitas saber al respecto a este proceso.
Las leyes han cambiado y hoy en día es mucho más rápido y
práctico obtener una pensión alimenticia segura.
Con tu pensión alimenticia segura obtendrás:
1.
Un ingreso seguro de dinero mensual.
Asimismo te comento que si no llevas tu caso de pensión
alimenticia segura, con nuestra firma de abogados, es debido a que REALMENTE NO
DESEAS LLEVARLO, no debido a que no puedas hacerlo.
¿Cuál es la causa por la cual me atrevo a emitir esta afirmación?
Contamos con planes totalmente AJUSTABLES a tu caso en particular,
con los cuales podrás llevar tu pensión alimenticia segura de una manera muy
FÁCIL y ACCESIBLE.
Todos nuestros servicios jurídicos se encuentran
garantizados por escrito.
Si no te damos la solución necesaria para tu caso en
particular, te regresamos tu dinero.
Somos la única firma de abogados en el estado que brindamos
tal garantía.
Muy bien regresando al tema de pensión alimenticia vamos
analizar las dudas frecuentes con las cuales cuentan los clientes:
¿Puedo reclamar mi pensión alimenticia segura por todo el
tiempo que no me ayudó?
Así es reclamaremos la pensión por todo el tiempo que no te
la proporcionó.
Además te comento que al promover tu pensión se establece de
manera inmediata una pensión provisional, es decir una cuota mensual de dinero.
¿Si mis hijos NO CUENTAN con el apellido del padre, puedo
promover mi pensión alimenticia segura?
En primer lugar hay que promover un juicio de reconocimiento
de paternidad y luego tu pensión alimenticia segura.
¿Y si no sé donde vive?
Nosotros lo localizamos.
¿Y si no se donde trabaja?
Nosotros lo localizamos
¿Y si no trabaja?
Con tanto negatividad, creo, que no deseas llevar tu pensión
alimenticia.
Piensa positivamente y tu vida cambiará.
Pero quiero darte un conocimiento muy poderoso
El hecho de no dar una pensión alimenticia es un DELITO.
En nuestra experiencia ninguna persona desea verse sujeta a
un proceso penal, por tal falta.
Siempre terminan cumpliendo con su obligación.
Es muy necesario mencionar lo que expresa el artículo 183 del Código Penal del Estado de
Jalisco
Código
Penal del Estado de Jalisco:
CAPÍTULO
VIII
Abandono
de Familiares
Artículo 183. A la persona que sin causa justificada incumpla con la obligación de dar alimentos a aquellos que
tienen derecho a recibirlos, se le impondrá pena
de seis meses a cuatro años de prisión y multa de cien a cuatrocientos días, suspensión o pérdida
de la tutela o custodia en caso de ser titular de este derecho respecto de su
acreedor alimentario, y pago como reparación del daño de las cantidades no
suministradas oportunamente, mismas que deberán ser garantizadas por medio del
depósito en cualquiera de las formas señaladas por la ley.
Para los efectos de
este artículo, se tendrá por consumado el delito aun cuando el o los acreedores
alimentarios se dejen al cuidado o reciban la ayuda de un tercero.
¿Qué documentos se necesitan para iniciar con Tu Pensión
Alimenticia Segura?
Acta de nacimiento de tus hijos.
Tu acta de nacimiento.
¿Si estoy separada de mi ex, es decir, NO ESTOY
DIVORCIADA/O, puedo promover mi pensión alimenticia segura?
Si, puedes.
Si cuentas con más dudas por favor contáctanos al
31462028
Celular / WhatsApp
3319758191
James & Asoc. Abogados.
Blvd. Puerta de Hierro 4965,
Col. Puerta de Hierro,
Zapopan, Jalisco.
Centro de Negocios Andares.
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